🔻 INFRA 🔻
Enrique Krauze escribió en REFORMA (03/12/2023): La recomendación del día [...]
👉En México, la Constitución insurgente de Apatzingán de 1814 —aunque con vigencia limitada en el territorio y el tiempo— fue más clara: "Tres son las atribuciones de la soberanía: la facultad de dictar leyes, la facultad de hacerlas ejecutar y la facultad de aplicarlas a los casos particulares. Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola corporación". La Constitución de 1824, la primera plenamente vigente en el país, además de establecer la división del "supremo poder de la federación para su ejercicio en legislativo, ejecutivo y judicial", lo subrayó restringiendo que los miembros de los otros poderes pudieran desempeñarse como legisladores. Con parecidos principios, aunque con diferencias en el peso que dieron a cada poder, las constituciones de 1857 y 1917 confirmaron la separación de poderes. Por fortuna, el ciudadano neoleonés entendió la lección histórica mejor que su gobernador, y en las elecciones pasadas dividió su voto. Por eso Nuevo León no es el estado de un solo hombre. En vistas al 2024, los ciudadanos en todo el país deben tomar en cuenta esa experiencia. México no puede ser el país de un solo hombre (o mujer). ••—• •• —• |
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